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Cuando se trata de proteger su auto, cuente con VKG Seguros. Contamos con una amplia experiencia en el seguro del automotor y conocemos a fondo el camino a recorrer cuando se produce un siniestro

seguros
quienes

OPTIMUM - R.C
Robo e Incendio Total y Parcial y Destrucción Total más Reposición por rotura de
cristales laterales, parabrisas y lunetas sin tope ni límites, Reparación y/o
reposición de cerraduras (*), Cláusula de destrucción total al 80%, Daños parciales
como consecuencia del robo total de la unidad (**), Reposición de cubiertas sin
consideración de desgaste, como consecuencia de robo. Cobertura de Incendio
sin franquicia.

TRP 10
Todo Riesgo con Franquicia 10% de la Suma Asegurada con un mínimo de $ 2.000,-
más Coberturas Adicionales de Vidrios Laterales hasta la suma de $ 300,-, Parabrisas
y Luneta Trasera hasta la suma de $ 500,- cada uno y Cerradura por intento de Robo
hasta la suma de $ 300,-

TRP 42
Todo Riesgo con Franquicia 10% del valor del 0 Km. Más Coberturas Adicionales de
Vidrios Laterales hasta la suma de $ 300,-, Parabrisas y Luneta Trasera hasta la
suma de $ 500,- cada uno y Cerradura por intento de Robo hasta la suma de $ 300,-.

"(*) Límite máximo de indemnización hasta $ 5.000,- (**) Límite máximo de indemnización $ 15.000,-.
Deducible $ 500,- por todo y cada siniestro.

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Cuando se trata de proteger su auto, cuente con VKG Group. Contamos con una amplia experiencia en el seguro del automotor y conocemos a fondo el camino a recorrer cuando se produce un siniestro.


Seguros Serie A:
A Responsabilidad Civil.

Seguros Serie B:
B- R.C. Robo, Incendio y Destrucción Total.
B1- R.C. Robo e Incendio Total.

Seguros Serie C:
C- R.C. Robo e Incendio Total y Parcial y Destrucción Total.
C1- R.C. Robo e Incendio Total y Parcial.

Seguros Serie E:
E Robo e Incendio Total en Garage.

Seguros Serie Todo Riesgo:
OPTIMUM - R.C. Robo e Incendio Total y Parcial y Destrucción Total más Reposición por rotura de cristales laterales, parabrisas y lunetas sin tope ni límites, Reparación y/o reposición de cerraduras (*), Cláusula de destrucción total al 80%, Daños parciales como consecuencia del robo total de la unidad (**), Reposición de cubiertas sin consideración de desgaste, como consecuencia de robo. Cobertura de Incendio sin franquicia.

TRP 10 Todo Riesgo con Franquicia 10% de la Suma Asegurada con un mínimo de $ 2.000,- más Coberturas Adicionales de Vidrios Laterales hasta la suma de $ 300,-, Parabrisas y Luneta Trasera hasta la suma de $ 500,- cada uno y Cerradura por intento de Robo hasta la suma de $ 300,-.

TRP 42 Todo Riesgo con Franquicia 10% del valor del 0 Km. Más Coberturas Adicionales de Vidrios Laterales hasta la suma de $ 300,-, Parabrisas y Luneta Trasera hasta la suma de $ 500,- cada uno y Cerradura por intento de Robo hasta la suma de $ 300,-.

(*) Límite máximo de indemnización hasta $ 5.000,- (**) Límite máximo de indemnización $ 15.000,-. Deducible $ 500,- por todo y cada siniestro.

Todas las coberturas incluyen servicio de grua, asistencia mecánica y asesoramiento legal para reclamos a terceros.


ASISTENCIA AL VEHICULO

Disposiciones Generales
Se entiende por beneficiario del servicio PROTECCION TOTAL VKG SEGUROS a:

A. La persona física que suscribe el contrato como titular, y/o la persona o conductor designadas en las Condiciones Particulares de póliza cuando el suscriptor sea una persona jurídica.

B. Los demás ocupantes del vehículo designado en las Condiciones Particulares cuando resulten afectados por un accidente con motivo de su circulación que de lugar a un evento incluido en la cobertura del contrato.

C. Los beneficiarios deben tener domicilio legal y residencia habitual y permanente en la República Argentina.

D. Se define como vehículo titular el vehículo asegurado con un peso máximo de 3,500 kilos.

Definiciones
Se define como accidente al accidente de tránsito sufrido por el vehículo titular, que haya ocasionado daños mecánicos que le impidan su normal desplazamiento y/o daños corporales a sus ocupantes, así como que los daños mecánicos y/o corporales resultantes se provocaron directamente por dicho accidente e independiente de cualquier causa ajena al evento. Dicho accidente y sus consecuencias deberán ser fehacientemente demostradas mediante la pertinente denuncia policial.

Servicios incluidos
Auxilio en caso de accidente
En caso de un accidente AXA ASSISTANCE se hará cargo de solucionar si es posible los problemas del vehículo, caso contrario se procederá a remolcarlo adonde el asociado indique, siempre que las condiciones de acceso al mismo no estén obstaculizadas y no se requiera instrumental o maquinaria especial para efectuar el servicio. Cada asociado contará con un plan de auxilio que estará predeterminado según la póliza a la que este se adhiera. Las características generales son las siguientes: Ante la urgencia Mecánica o Siniestro, y en caso de que fuera necesario proceder al traslado, se efectuará sin cargo hasta un límite de 300 Km. lineales (300 + 300), contados a partir del lugar donde se encuentre inmovilizado el vehículo afectado. Todo traslado superior a lo mencionado anteriormente, como así también los traslados programados no eventuales, será a cargo del beneficiario. Con relación al número de prestaciones, el mismo se encuentra limitado a un máximo de un servicio cada 15 días, con un máximo de 8 servicios anuales (*), solicitados por un mismo beneficiario, siempre que se considere que el origen de los mismos se ajusta a las disposiciones detalladas. (*) Las 8 prestaciones anuales serán contabilizadas desde la fecha de solicitud del primer servicio de asistencia. Todo servicio que exceda la cantidad de ocho (8) prestaciones al año, solicitados por un mismo beneficiario, serán a cargo del mismo.

Auto Sustituto
En caso de destrucción total o robo del automóvil asegurado, y con el consentimiento previo de la Cía., proveemos sin costo alguno, un vehículo sustituto de categoría económica por 48 hs. con un límite de 100 Km. libres diarios. Para retirar la misma deberá presentar una tarjeta de crédito, con la que se solicitará una autorización en garantía, que le será devuelta contra la recepción de la unidad en perfecto estado. El Beneficiario deberá afrontar a su exclusivo cargo el pago del seguro del automóvil sustituto, por los días en que se le otorgue este beneficio. La entrega del vehículo sustituto estará sujeta a las disponibilidades del lugar.


ASISTENCIA AL VEHICULO

Los servicios detallados a continuación se brindarán única vez y exclusivamente en caso de accidente mientras viajen en el vehículo asegurado y se encuentren en Argentina y a más de 100 kilómetros del domicilio del titular indicado en la póliza.

Desplazamiento desde el lugar del accidente hasta el lugar de reparación.
El PRESTADOR se hará cargo de los beneficiarios, desde el lugar del accidente hasta el lugar de reparación, siempre que el vehículo esté ocupado por 3 (tres) o más personas y la cantidad de ocupantes del vehículo no supere las normas permitidas por el fabricante. Este desplazamiento deberá ser autorizado previamente por EL PRESTADOR y se realizará por autobús o tren con un tope de $ 58.- (pesos cincuenta y ocho) por ocupante. Si el vehículo tuviese 1 (uno) o 2 (dos) ocupantes en el momento de la avería o accidente, el traslado de los mismos hasta el lugar de reparación se efectuará en el mismo vehículo que brinde la asistencia mecánica (remolque)

Alojamiento de los beneficiarios por inmovilización del vehículo
Cuando el vehículo quede inmovilizado por accidente y la reparación no pueda ser efectuada en el mismo día de su inmovilización, previa verificación de las razones de dicha inmovilización, EL PRESTADOR se hará cargo de los gastos de hotel (sólo alojamiento, sin extras) de los beneficiarios, hasta un máximo de $ 290.- (pesos doscientos noventa ) por beneficiarios y por día, con un límite máximo total hasta $ 870.- (pesos ochocientos setenta) por vehículo. Desplazamiento de los beneficiarios por inmovilización del vehículo Cuando el vehículo, a causa de un accidente necesite una reparación que implique una inmovilización mayor a 48 Hs. (contadas a partir del primer llamado pidiendo asistencia), EL PRESTADOR se hará cargo de los gastos de transporte de los beneficiarios hasta su domicilio o hasta el lugar de destino de su viaje. El medio de traslado será a elección de EL PRESTADOR.

Pasaje para recuperar el vehículo
Cuando la inmovilización forzosa del automotor a causa de un accidente fuera mayor de diez días a partir del primer llamado pidiendo asistencia, EL PRESTADOR se hará cargo del transporte del beneficiario o de la persona que éste designe hasta el lugar donde se encuentre el vehículo a fin de que se haga cargo del mismo. El medio de transporte será a elección de EL PRESTADOR. Una vez recuperado el vehículo, serán por cuenta exclusiva del Titular los gastos incurridos (combustibles, peajes, comidas, etc.) para su traslado hasta su lugar de residencia.

Transmisión de mensajes urgentes
En caso de accidente que obligue a la interrupción del viaje, EL PRESTADOR se encargará de retransmitir los mensajes urgentes que el Titular indique, a fin de que quien lo esté esperando conozca el motivo del retraso.

ASISTENCIA MEDICA

Traslado a un centro médico.
En caso de accidente que involucre al vehículo del Titular, y a raíz del cual resulten lesionados sus ocupantes, EL PRESTADOR se hará cargo del transporte, por el medio de locomoción disponible (ambulancia, avión, automóvil u otro) hasta el establecimiento asistencial más cercano que resulte indicado según la naturaleza de las lesiones. Todo traslado deberá ser autorizado por el médico interviniente. Igualmente, cuando el equipo médico de EL PRESTADOR estime necesario efectuar la repatriación sanitaria de los ocupantes como consecuencia del accidente, la repatriación de los heridos será efectuada hasta la ciudad de residencia del Titular.

Traslados de un familiar
Si a raíz de un accidente el Titular debe ser internado en un centro médico y se encuentra sólo en el lugar de hospitalización, EL PRESTADOR se hará cargo del pasaje de un familiar desde el lugar de residencia del Titular hasta el lugar de hospitalización. El medio de transporte es a elección de EL PRESTADOR.

Topes
Los servicios indicados en los puntos precedentes tendrán un tope de $ 3500 (tres mil quinientos pesos) por vehículo y por año independientemente de la cantidad de ocupantes del vehículo titular que resulten afectados, y de la cantidad de accidentes sufridos en ese lapso.


EXCLUSIONES

Quedan expresamente excluidos del servicio de Asistencia al vehículo los servicios hechos y reintegros siguientes:

a. Los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta, sin la previa comunicación o sin el consentimiento del PRESTADOR, salvo en caso de fuerza mayor o de urgente necesidad, fehacientemente comprobados, siempre que comunique lo ocurrido al PRESTADOR dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro.

b. Cuando los servicios sean contratados directamente por el titular y/o los beneficiarios, sin autorización previa de la central de asistencia.

c. Los gastos originados por alimentación, combustibles y peajes, viáticos, etc.

d. No se les brindará asistencia a las personas que viajasen en el vehículo asegurado por la modalidad de "auto-stop".

e. Cuando el vehículo asegurado fuera conducido por personas no habilitadas según las normas legales vigentes.

f. Cuando la ocurrencia derive de culpa grave o dolo del titular u otro ocupante del vehículo asegurado y en caso de acción criminal directa o indirecta de los mismos.

g. Cuando el conductor del vehículo asegurado se encuentre bajo el efecto de alcohol o drogas.

h. Toda consecuencia derivada de la práctica de deportes, cualquier tipo de competición y faltas a las normas de tránsito efectuadas con el vehículo asegurado.

i. Toda consecuencia derivada de cualquier acto realizado por acción u omisión, en el vehículo declarado causado por mala fe.

j. Cuando se hubiere excedido el número de ocupantes establecido por las normas del fabricante del vehículo asegurado.

k. Los servicios de traslados del vehículo de taller a taller.

l. No se le brindará asistencia a los beneficiarios en vehículos declarados, que en el momento del accidente o avería estuvieran transitando caminos no autorizados o no habilitados al tránsito, o en algún área de arenas movedizas, dunas etc.

m. Cuando el vehículo no estuviera debidamente asegurado por riesgo de daños a terceros y responsabilidad civil y/o fuere conducido por persona no habilitada al efecto de la conducción del citado.

n. Cuando la inmovilización del vehículo se deba a operaciones de revisión, puesta a punto, mantenimiento o instalación de accesorios, así como cualquier tipo de gastos en concepto de reparaciones por accidente o avería del mismo.

o. Cuando la inmovilización del vehículo se deba a hechos de la naturaleza de carácter extraordinario tales como inundaciones, terremotos, erupciones volcánicas, tempestades ciclónicas atípicas, etc. o de fuerza mayor.

p. Cuando la inmovilización del vehículo se deba a participación en carreras o eventos de competición similares, pruebas de velocidad o duración, o violación de las normas de tránsito.

q. Cuando la ocurrencia se derive de culpa grave o dolo del beneficiario u otro ocupante del vehículo designado.

r. Cualquier tipo de compensación o reembolso en caso de sustracción, hurto, robo, apoderamiento ilegítimo de materiales u objetos personales dejados en el vehículo, así como componentes y/o accesorios del mismo.

Quedan expresamente excluidos del servicio de Asistencia en Viajes los servicios hechos y reintegros siguientes:

a. Los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta, sin la previa comunicación o sin el consentimiento del PRESTADOR, salvo en caso de fuerza mayor o de urgente necesidad, fehacientemente comprobados, siempre que comunique lo ocurrido al PRESTADOR dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro.

b. Los gastos de asistencia médica prestada en la República Argentina, con la única excepción de los gastos previstos según "Asistencia sanitaria en caso de lesiones por accidente del vehículo asegurado en la República Argentina".

c. Enfermedades o lesiones resultantes de intento de suicidio o de intención de cometer suicidio o causadas intencionalmente por el beneficiario a si mismo.

d. Los gastos incurridos en cualquier tipo de prótesis incluyendo pero no limitando a lentes, audífonos, anteojos, etc.

e. Los eventos que puedan ocurrir a consecuencia de entretenimiento, práctica o participación activa en competencias deportivas (profesionales o amateurs). Además quedan expresamente excluidos los eventos que pueden ocurrir a consecuencia de la práctica de deportes peligrosos, incluyendo, pero no limitando a: motociclismo, automovilismo, boxeo, polo, ski acuático, buceo, aladeltismo, alpinismo, ski y/u otros deportes invernales fuera de pistas reglamentarias y autorizadas.

f. Gastos de alimentación, combustibles, movilizaciones no autorizadas, etc.

g. Las asistencias a los ocupantes del vehículo designado transportados bajo la modalidad de transporte benévolo conocido por persona como auto-stop.


CONSEJOS ÚTILES DE SEGURIDAD

No maneje si ha bebido

Respete al peatón cuando éste está cruzando

Respete los semáforos

Respete las señales de tránsito

Respete la derecha (la nueva ley de tránsito expresa que la derecha es absoluta salvo que esté alterado por algún cartel indicador)

No circule en exceso de velocidad

Circule con el cinturón de seguridad colocado

No se adelante por la derecha (únicamente puede hacerlo cuando el vehículo que circula adelante o a su izquierda va a girar hacia la derecha)

Cuando cambie de carril señale su maniobra con la luz de giro

No circule en contramano

No encandile (si es encandilado dirija la vista hacia abajo o la derecha del camino)

Controle frecuentemente el estado de las cubiertas y de los frenos


COMO PROCEDER EN CASO DE ACCIDENTES

Conductor y Propietario
Del conductor del vehículo:
Nombre y apellido, tipo y nº de documento, domicilio y teléfono; Número de registro, categoría y fecha de vencimiento.

Del propietario:
Nombre y apellido, tipo y nº de documento, domicilio y teléfono, compañía aseguradora, número de póliza y fecha de vencimiento; Marca y modelo del vehículo, nº de patente y motor; Número de la cédula verde.

Dos (2) testigos, Nombre y apellido, tipo y nº de documento, teléfono y domicilio de cada uno de ellos. Se recomienda que sean testigos imparciales.

Denuncia Policial
Realizarla dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho o de la toma de conocimiento del mismo. Si el siniestro ocurre en Capital Federal y no existen personas lesionadas, la denuncia puede realizarse en cualquier comisaría. En caso de producirse en Provincia o de existir personas lesionadas, la denuncia debe realizarse en la comisaría que corresponde al lugar del hecho.

En la denuncia detallar claramente lo acontecido y describir claramente los daños producidos. En caso que existan personas lesionadas la policía interviniente le tomará declaración al momento del accidente o lo citará para declarar en un Juzgado.

Denuncia Administrativa
Comunicarse inmediatamente con su productor/Asesor de seguros, llenar la denuncia administrativa.

Para mayor información contáctenos por e-mail a :
info@vkgseguros.com.ar o telefónicamente al Tel: 011-4744-9866


¿QUE HACER SI ME ROBAN EL AUTO O ACCESORIOS?

1. Realizar la denuncia policial dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho o de la toma de conocimiento del mismo. La misma debe ser realizada en la comisaría que corresponde al lugar del hecho.
En la denuncia detallar claramente lo acontecido y describir claramente los daños producidos. En caso que existan personas lesionadas la policía interviniente le tomará declaración al momento del accidente o lo citará para declarar en un Juzgado.
En la denuncia se debe detallar claramente lo sucedido y describir los daños producidos.

2. Realizar la denuncia administrativa

Comunicarse inmediatamente con su productor/Asesor de seguros, llenar la denuncia administrativa.

Para mayor información contáctenos por e-mail a :
info@vkgseguros.com.ar o telefónicamente al Tel: 011-4744-9866


¿QUE HACER EN CASO DE INCENDIO?

1. Realizar la denuncia policial dentro de las 72 horas de ocurrido el hecho o de la toma de conocimiento del mismo.
En caso de producirse en Provincia la denuncia debe realizarse en la comisaría que corresponde al lugar del hecho.
En la denuncia se debe detallar claramente lo sucedido y describir los daños producidos.
En la denuncia detallar claramente lo acontecido y describir claramente los daños producidos. En caso que existan personas lesionadas la policía interviniente le tomará declaración al momento del accidente o lo citará para declarar en un Juzgado.

2. Realizar la denuncia administrativa

Para mayor información contáctenos por e-mail a :
info@vkgseguros.com.ar o telefónicamente al Tel: 011-4744-9866


RECOMENDACIONES IMPORTANTES A TENER EN CUENTA

En todos los casos de siniestro, la Denuncia Administrativa a la Compañía Aseguradora debe ser realizada dentro de las 72 horas de ocurrido el siniestro o de la toma de conocimiento del mismo.
Importante: En caso de no denunciar el siniestro dentro de los plazos establecidos, se corre el riesgo de perder el derecho a ser indemnizado.
Para denunciar el hecho se debe presentar copia de la denuncia policial y el formulario correspondiente.
Le recomendamos mantener siempre un archivo de todos los papeles relacionados con el caso para su eventual consulta.
Si su póliza cubre daños parciales al vehículo, no repares nunca tu auto sin la previa inspección de la Compañía Aseguradora.


¿COMO PROCEDER EN UN RECLAMO A UN TERCERO?

En el caso de que su póliza no lo cubra frente al daño que le haya producido un tercero a su vehículo, Usted tiene el derecho de reclamarle a la Compañía Aseguradora en la que se encuentra asegurado el mismo.

Generalmente las Aseguradoras requieren para el denominado "Reclamo de Terceros" la siguiente documentación:

Denuncia policial original.

Certificado de cobertura de su Compañía Aseguradora.

Dos presupuestos de reparación, donde figure un detalle de los trabajos a realizar y su valor, discriminando entre repuestos y mano de obra.

Fotografías del vehículo.

Fotocopia de la cédula verde del vehículo.

Fotocopia del registro de conducir.

Fotocopia del pago de la última patente.

Lugar en donde realizar la inspección del vehículo.